Mazatlán, Sinaloa; a 29 de julio de 2024.- Por el delito de robo calificado con violencia contra las personas para defender lo robado cometido en agravio de dos adultos mayores, se formuló imputación contra María Antonia “M” en audiencia inicial de la causa penal 447/2024.
En dicha audiencia, la imputada se reservó a declarar y se apegó al plazo constitucional de las 144 horas por lo que se dictaron medidas cautelares en libertad que son el de presentarse de manera periódica ante el juez, una garantía económica, la prohibición de salir del Estado, así como se le prohíbe acercarse al domicilio de las víctimas y/ o acercarse o comunicarse con ellas.
La Fiscalía General del Estado de Sinaloa a través de la Agencia Especializada en Delito de Robo región Sur, llevó a cabo las investigaciones luego de los hechos ocurridos en la sindicatura de Villa Unión, municipio de Mazatlán, el pasado 27 de junio de 2024.
La imputada casi al mediodía, llegó a una vivienda ubicada por la calle 18 de marzo sin número de la colonia El Tronconal de la sindicatura de Villa Unión donde, con engaños con el pretexto de ofrecer un pie de casa a los ofendidos Alfonso Guadalupe “S” y Marcela “G” les pidió unas copias para ingresarlos a un programa de vivienda.
Al salir el hombre del domicilio a sacar las copias que le solicito la presunta gestora social, la imputada al quedar sola con la adulta mayor de nombre Marcela le pidió entonces el vaucher de donde les pagaron la pensión para adultos mayores por lo que esta comenzó a hurgar en su cartera esos documentos.
Al observar la imputada que en esta la victima guardaba el dinero forcejeó con la adulta mayor recargándole el brazo derecho en el cuello advirtiéndole que si no le entregaba todo el dinero le iba a ir mal, por lo que la víctima al sentir que se quedaba sin aire soltó la cartera que en su interior llevaba alrededor de 30 mil pesos, producto de los ahorros de ella y de su esposo, así como del pago de la pensión.
Una vez con el dinero en su poder usted se da a la fuga, no sin antes amenazar a la ofendida de referencia con hacerle daño a ella y su esposo si la denunciaban.